En Chile toda persona mayor de 18 años es donante de órganos por defecto. No hay que firmar nada, no hay que inscribirse, no hay que avisar. Y aun así, cerca de la mitad de las donaciones posibles no se concreta. La razón no está en la ley: está en la conversación que nadie tuvo.
La regla
La Ley 20.413, de 2010, cambió el modelo chileno de consentimiento expreso a consentimiento presunto. La Ley 21.145, publicada el 12 de marzo de 2019, precisó cómo se verifica esa voluntad. Hoy la regla es simple: toda persona mayor de 18 años es considerada donante de sus órganos una vez fallecida, salvo que haya manifestado expresamente lo contrario.
Hay además una regla de prioridad poco conocida: a igualdad de condiciones médicas, quien no está en el Registro de No Donantes tiene preferencia para recibir un órgano por sobre quien sí lo está.
Cómo se deja constancia de que NO quieres donar
El trámite no se hace en el Registro Civil ni por internet. Según la ficha oficial de ChileAtiende:
- Se va a cualquier notaría del país y se pide una declaración jurada de voluntad de no ser donante.
- Se presenta la cédula de identidad vigente y no deteriorada.
- La notaría comunica la declaración al Servicio de Registro Civil, que inscribe a la persona en el Registro Nacional de No Donantes.
- La inscripción en el registro es gratuita; lo que se paga es el arancel de la notaría por la declaración jurada, que cada notaría fija por su cuenta.
- La vigencia es permanente, pero se puede revocar en cualquier momento declarándolo ante el Registro Civil.
El punto que casi nadie entiende: qué puede hacer tu familia
Acá hay una diferencia importante entre lo que dice la ley y lo que ocurre en la práctica, y vale la pena decirla con todas sus letras.
Lo que dice la ley
Solo si existe duda razonable sobre si la persona revocó su calidad de donante se consulta a los parientes, en un orden establecido: cónyuge o conviviente, hijos mayores de 18, padres, representante legal, hermanos mayores de 18, nietos mayores de 18. Si ningún pariente acredita que era no donante, se presume donante.
Lo que pasa en la práctica
El propio Ministerio de Salud lo dice en sus preguntas frecuentes: nunca se extraen órganos sin hablar antes con la familia, que debe firmar los documentos legales, y si la familia se niega, se respeta su decisión aunque el fallecido hubiese expresado su voluntad de donar.
En septiembre de 2026, el Coordinador Nacional de Donación, Procuramiento y Trasplante del Minsal señaló que cerca de la mitad de las familias de potenciales donantes no ratifica la donación.
De ahí la conclusión práctica: tu decisión la va a ejecutar tu familia, no el registro. Si quieres donar, lo que de verdad cambia el resultado es que tu gente lo sepa y esté de acuerdo.
Las cifras de Chile
- 156 donantes efectivos y 451 trasplantes en 2026, según el Minsal a septiembre de ese año.
- 2.270 personas en lista de espera, la gran mayoría esperando un riñón.
- En 2025 se realizaron 563 trasplantes, que cubrieron alrededor del 25% de la lista de espera.
- La tasa chilena ronda los 11 donantes por millón de habitantes. España, con el mismo modelo legal, cerró 2025 con 51,9 y una negativa familiar del 22%, menos de la mitad de la chilena.
La ley chilena y la española se parecen. Lo que no se parece es la conversación familiar.
Qué se puede donar
- En muerte encefálica: corazón, pulmones, hígado, páncreas, riñones, intestino, córneas, huesos y piel.
- En paro cardíaco: actualmente solo córneas, porque solo existe programa para extraerlas.
- No hay límite superior de edad. Lo que define es el estado de los órganos, no el carnet.
- Impiden donar: estar inscrito como no donante, y tener enfermedades potencialmente transmisibles como infecciones activas o cáncer.
- Si la muerte fue producto de un delito, se requiere autorización del fiscal, previa consulta al Servicio Médico Legal.
Si alguien muere en su casa, ¿puede donar?
Casi siempre no, y conviene saberlo para no sumar una frustración a un mal día.
La donación de órganos en Chile se apoya principalmente en el diagnóstico de muerte encefálica, que debe ser certificada por dos médicos —uno neurólogo o neurocirujano— ninguno de los cuales puede formar parte del equipo de trasplante. Según el Minsal, ese diagnóstico representa cerca del 2% de todas las muertes, y ocurre con el paciente conectado a soporte artificial dentro de un recinto asistencial.
Una muerte en casa es, en la práctica, un paro cardíaco. De esos donantes hoy en Chile solo se extraen córneas. No es una decisión de nadie: es que no existe programa para lo demás.
Qué hacer hoy
- Si quieres donar: no tienes que hacer ningún trámite. Lo único que importa es que tu familia lo sepa, porque son ellos quienes van a firmar.
- Si no quieres donar: el trámite es notarial y la inscripción es gratuita. Dilo también en tu casa.
- En cualquiera de los dos casos, déjalo escrito junto al resto de lo que quieres para tu despedida. Acá puedes hacerlo gratis, en quince minutos.
Fuentes
- Ley 19.451 sobre trasplante y donación de órganos, con las modificaciones de la Ley 20.413 (2010) y la Ley 21.145 (12 de marzo de 2019). El texto del artículo 2° bis citado acá fue verificado contra el texto oficial publicado en LeyChile.
- ChileAtiende, ficha 3406: inscripción en el Registro Nacional de No Donantes.
- Ministerio de Salud, preguntas frecuentes sobre trasplantes.
- Ministerio de Salud, Yo Dono Vida: qué es la muerte encefálica.
- Ministerio de Salud, comunicado del 25 de septiembre de 2026 (donantes efectivos, trasplantes y lista de espera).
- BioBioChile, 25 de septiembre de 2026: declaraciones del Coordinador Nacional de Donación sobre la negativa familiar, y la referencia a ~11 donantes por millón atribuida al Colegio Médico. El período exacto de esa tasa no está declarado en la fuente.
- Ministerio de Sanidad de España, balance de donación y trasplante 2025 (16 de enero de 2026).
Esta guía es información general a octubre de 2026. La legislación y las cifras pueden cambiar.